DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS
$24.990
Autor(es) | Cesare Bonesana |
Paginas | 187 |
Edición | 1ª Edición, marzo 2020 |
Formato | Papel |
ISBN | 978-956-6022-50-3 |
Descripción
Libro considerado como uno de los libros más influyentes en la reforma del derecho penal europeo de inspiración ilustrada y penología.
Al lector
Algunos restos de leyes de un antiguo pueblo conquistador, hechas recopilar por un príncipe que hace doce siglos reinaba en Constantinopla, mezcladas después con ritos Lombardos y envueltas en farragosos volúmenes de privados y oscuros intérpretes, forman aquella tradición de opiniones que en una gran parte de Europa tiene todavía el nombre de leyes; y es cosa tan común cuanto funesta ver en nuestros días que una opinión de Carpzovius, un uso antiguo señalado por Clarus, un tormento sugerido con iracunda complacencia por Farinaccius, sean las leyes obedecidas con seguridad y satisfacción por aquellos que para regir las vidas y fortunas de los hombres deberían obrar llenos de temor y desconfianza. Estas leyes, heces de los siglos más bárbaros, se han examinado en este libro en la parte que corresponde al sistema criminal, y cuyos desórdenes se intenta exponer a los directores de la felicidad pública con un estilo que espanta al vulgo no iluminado e impaciente. La ingenua averiguación de la verdad, la independencia de las opiniones vulgares con que se ha escrito esta obra, son efecto del suave e iluminado gobierno bajo el cual vive el autor. Los grandes monarcas, los bienhechores de la humanidad que nos rigen, aman las verdades expuestas sin fanatismo por el oscuro filósofo, detestado solamente por quien (rechazado por la razón) se vuelca en la fuerza o en la industria; y los desórdenes presentes son, para quien bien examina todas las circunstancias, la sátira y zaherimiento de las edades pasadas, no de este siglo ni sus legisladores.
Cualquiera que quisiere honrarme con su crítica, empiece pues por conocer bien el fin al que se dirige esta obra; fin que, conseguido, bien lejos de disminuir la legítima autoridad serviría para aumentarla, si puede en los hombres más la razón que la fuerza, y si la dulzura y la humanidad la justifican a los ojos de todos. Las críticas mal entendidas que se han publicado contra este libro se fundan sobre confusas nociones y me obligan a interrumpir por un instante mis razonamientos para los sabios lectores, a fin de cerrar de una vez para siempre toda entrada a los errores de un tímido celo o a las calumnias de la maligna envidia.
Tres son los manantiales de donde se derivan los principios morales y políticos reguladores de los hombres: la revelación, la ley natural y los pactos establecidos por la sociedad. No hay comparación entre la primera y las otras con relación a su fin principal, pero son semejantes en que conducen todas tres para la felicidad de esta vida mortal. Considerar las relaciones de la última no es excluir las relaciones de las dos primeras; antes bien, al modo que éstas, sin embargo de ser divinas e inmutables, fueron depravadas de mil modos en los entendimientos de los hombres, admitiendo estos malamente religiones falsas y arbitrarias nociones de virtud y de vicio, así parece necesario examinar, separadamente de toda otra consideración, lo que nazca de las puras convenciones humanas o expresas o supuestas por la necesidad y utilidad común, idea en que toda secta y todo sistema de moral debe necesariamente convenir; y será siempre laudable empresa la que contribuyese a reducir aun los hombres más incrédulos y porfiados para que se conformen con los principios que los impelen a vivir en sociedad. Hay, pues, tres distintas clases de vicio y de virtud: Religiosa, natural y política. Estas tres clases no deben jamás tener contradicción entre sí, pero no del mismo modo en todas las consecuencias y obligaciones que resultan de las otras. No todo lo que pide la Revelación lo pide la ley natural, ni todo lo que esta pide lo pide la pura ley social. Siendo importantísimo separar lo que resulta de los pactos tácitos o expresos de los hombres, porque los límites de aquella fuerza son tales que pueden ejercitarse legítimamente entre hombre y hombre sin una especial misión del Ser Supremo. Así, pues, la idea de la virtud política puede sin defecto llamarse variable; la que resulta de la virtud natural sería siempre limpia y manifiesta, si las pasiones o la flaqueza de los hombres no la oscureciesen; pero la que dimana de la virtud Religiosa es siempre una y constante, porque revelada de Dios inmediatamente está conservada por Él mismo.
Sería, pues, un error atribuir a quien habla de convenciones sociales y de sus consecuencias principios contrarios a la ley natural o a la revelación porque no trata de estas. Sería un error en quien hablando del estado de guerra antes del estado de sociedad lo tomase en el sentido hobbesiano, esto es, de ninguna razón ni obligación anterior, en vez de tomarlo por un hecho nacido de la corrupción de la naturaleza humana y de la falta de un establecimiento expreso. Sería un error imputar delito a un escritor que considera las emanaciones del pacto social, el no admitirlas antes del pacto mismo.
La justicia divina y la justicia natural son por su esencia inmutables y constantes, porque la relación entre dos mismos objetos es siempre la misma; pero la justicia humana, o sea política, no siendo más que una relación entre la acción y el vario estado de la sociedad, puede variar a proporción que se haga necesaria o útil a la misma sociedad aquella acción; ni se discierne bien sino resolviendo las complicadas y mudables relaciones de las combinaciones civiles. Pero si estos principios, esencialmente distintos, se confundieren no hay esperanza de raciocinar con fundamento en las materias públicas. A los teólogos pertenece establecer los confines de lo justo y de lo injusto, en la parte que mira la intrínseca malicia o bondad del acto; y al publicista determinar las relaciones de lo justo o injusto político, esto es, del daño o provecho de la sociedad. Ni un objeto puede perjudicar al otro, porque es manifiesto cuanto la verdad puramente política debe ceder a la inmutable virtud dimanada de Dios.
Cualquiera, repito, que quisiere honrarme con su crítica, no empiece suponiendo en mí principios destruidores de la virtud o de la religión, pues tengo demostrado no son tales los míos y, así, en lugar de concluirme incrédulo o sedicioso, convénzame de mal lógico o de imprudente político; no se amotine por las proposiciones que sostengan el interés de la humanidad; hágame ver la inutilidad o daño político que puedan nacer de mis principios, y la ventaja de las prácticas recibidas. He dado un público testimonio de mi religión y de mi sumisión a mi soberano con la respuesta a las Notas y Observaciones: sería superfluo responder a otros escritos semejantes; pero quien escribiere con aquella decencia que tanto conviene a los hombres honestos y con aquellos conocimientos que me dispensen de probar los primeros principios de cualquiera clase que fueren, encontrará en mí no tanto un hombre que procura responder, cuanto un pacífico amante de la verdad.
Cesare Bonesana
Información adicional
Editorial | |
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Encuadernación | Tapa rústica, cosido y pegado |
Formato | |
Tamaño | 15×23 |
Marca
Cesare Bonesana
Cesare Bonesana
Marqués de Beccaria, 1738 - 1794. Nació en Milán, de una familia no opulenta, pero si célebre en el Milanés, por los guerreros y los sabios que había producido. Jurista y economista italiano. Educado en el Colegio de Nobles de Parma, dirigido por los jesuitas, Cesare Beccaria acabó en 1758 los estudios de jurisprudencia en Pavía. Con los hermanos Verri y otros amigos fundó la academia llamada ingeniosamente “Società de’ Pugni”; esta entidad publicó el periódico Il caffè, que apareció en Milán cada diez días entre junio de 1764 y mayo de 1766. Asiduo lector de los enciclopedistas, se inspiró en sus ideas y en toda la cultura racionalista para algunas de sus opiniones fundamentales sobre el derecho y la economía; para ello se documentó también en su casi cotidiana conversación con los dos Verri, cuya tertulia era una de las más brillantes del ambiente aristocrático milanés. Fruto de este clima cultural fue el ensayo Dei disordini e dei remedi delle monete nello Stato di Milano nel 1762, publicado en Lucca el mismo año. En 1768 fue nombrado profesor de las escuelas palatinas de Milán, donde se creó expresamente para él una cátedra de “ciencias fiscales”.
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